19 de noviembre: Día de Prevención del Abuso Sexual

19 de noviembre: Día de Prevención del Abuso Sexual
18 de Noviembre de 2021

El abuso y la violencia sexual es una de las vulneraciones más graves que puede sufrir una niña, un niño o un/a adolescente. Como organismo de protección y promoción de los derechos de las infancias y juventudes desde la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes sabemos que este hecho es cometido en la mayoría de los casos por una persona adulta, de confianza y perteneciente al círculo familiar o íntimo de la víctima.

Tanto la Ley Nacional de Protección y Promoción de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (art. 9 de la Ley 26.061) como la Ley Provincial N° 12.967 (art. 10), consagran el derecho de toda niña, niño o adolescente a su integridad física, sexual, psíquica y moral; y es el Estado quien tiene la obligación de protegerlos de esta especial forma de maltrato perpetrada por padres, madres o cualquier persona responsable o encargada de su cuidado, estableciendo medidas preventivas y de tratamiento al respecto (art. 19 Convención sobre los Derechos del Niño).

Su prevención es una función indelegable del Estado y debe estar incluida como prioridad dentro de las políticas públicas en materia de niñez y adolescencia.

En este sentido es importante el fortalecimiento de los programas de educación sexual integral y la garantía que los mismos lleguen a todos los establecimientos educativos de la provincia, sean públicos, privados, laicos o que adhieran a algún credo. Resulta prioritario que estos hechos no queden invisibilizados.

Asimismo, las y los adultos tenemos el deber de estar presentes, dialogar, dar afecto, prestar atención, prevenir, y sobre todo dar importancia y credibilidad a la voz de les niñes y jóvenes.

Desde esta Defensoría consideramos que es fundamental:

-Dar prioridad en las políticas públicas a la protección y prevención de cualquier forma de violencia hacia niñas, niños y adolescentes.
-Generar sistemas de alertas e información ágiles.
-Garantizar la Educación Sexual Integral tal como lo ordena la Ley Nacional 26.150.
-Fortalecer la coordinación interinstitucional mediante protocolos unificados de actuación.
-Facilitar espacios adecuados para las denuncias y acompañando en las mismas.
-Garantizar la escucha adecuada de niñas, niños y adolescentes como parte fundamental del proceso de acceso a la Justicia.

¿Qué significa una escucha adecuada?

-Agradecerle por contarnos lo que le sucede y por haber confiado en nosotras/os.
-Mostrar calma y escuchar atentamente el relato, sin interrumpir y evitando emitir juicios de valor sobre el mismo.
-Decirle que no es culpable por lo sucedido. Las personas grandes son responsables de cuidar y proteger a las chicas y los chicos.
-Garantizar la privacidad y el derecho de niños, niñas y adolescentes de que se resguarde su intimidad.
-Explicarle que lo que nos cuenta sólo se lo contaremos a algunas personas puntuales que puedan ayudarla/o.
-Luego de escuchar a la niña o niño, es imprescindible realizar un registro escrito de lo escuchado, respetando su intimidad.

 

Algunas herramientas para el abordaje

-CAPACITACIÓN a servicios locales sobre Abuso Sexual y garantía del acceso a la Justicia en casos de vulneración de derechos de niñas, niños y jóvenes (a cargo de Celeste Minniti. Fiscal de Delitos Sexuales de Santa Fe. Luciana Vallarella. Fiscal de la Oficina de Violencia de Género del MPA de Rosario y equipos del área de atención integral de la Defensoría).

-GUÍA. Abuso Sexual contra niñas, niños y adolescentes. Guía para tomar acciones y proteger sus derechos (UNICEF Argentina)

-GUÍA. Orientaciones para la intervención educativa en situaciones complejas relacionadas con la vida escolar.

 

 

 

Defensoría de niñas, niños y adolescentes | Provincia de Santa Fe
19 de noviembre: Día de Prevención del Abuso Sexual

El abuso y la violencia sexual es una de las vulneraciones más graves que puede sufrir una niña, un niño o un/a adolescente. Como organismo de protección y promoción de los derechos de las infancias y juventudes desde la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes sabemos que este hecho es cometido en la mayoría de los casos por una persona adulta, de confianza y perteneciente al círculo familiar o íntimo de la víctima.

Tanto la Ley Nacional de Protección y Promoción de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (art. 9 de la Ley 26.061) como la Ley Provincial N° 12.967 (art. 10), consagran el derecho de toda niña, niño o adolescente a su integridad física, sexual, psíquica y moral; y es el Estado quien tiene la obligación de protegerlos de esta especial forma de maltrato perpetrada por padres, madres o cualquier persona responsable o encargada de su cuidado, estableciendo medidas preventivas y de tratamiento al respecto (art. 19 Convención sobre los Derechos del Niño).

Su prevención es una función indelegable del Estado y debe estar incluida como prioridad dentro de las políticas públicas en materia de niñez y adolescencia.

En este sentido es importante el fortalecimiento de los programas de educación sexual integral y la garantía que los mismos lleguen a todos los establecimientos educativos de la provincia, sean públicos, privados, laicos o que adhieran a algún credo. Resulta prioritario que estos hechos no queden invisibilizados.

Asimismo, las y los adultos tenemos el deber de estar presentes, dialogar, dar afecto, prestar atención, prevenir, y sobre todo dar importancia y credibilidad a la voz de les niñes y jóvenes.

Desde esta Defensoría consideramos que es fundamental:

-Dar prioridad en las políticas públicas a la protección y prevención de cualquier forma de violencia hacia niñas, niños y adolescentes.
-Generar sistemas de alertas e información ágiles.
-Garantizar la Educación Sexual Integral tal como lo ordena la Ley Nacional 26.150.
-Fortalecer la coordinación interinstitucional mediante protocolos unificados de actuación.
-Facilitar espacios adecuados para las denuncias y acompañando en las mismas.
-Garantizar la escucha adecuada de niñas, niños y adolescentes como parte fundamental del proceso de acceso a la Justicia.

¿Qué significa una escucha adecuada?

-Agradecerle por contarnos lo que le sucede y por haber confiado en nosotras/os.
-Mostrar calma y escuchar atentamente el relato, sin interrumpir y evitando emitir juicios de valor sobre el mismo.
-Decirle que no es culpable por lo sucedido. Las personas grandes son responsables de cuidar y proteger a las chicas y los chicos.
-Garantizar la privacidad y el derecho de niños, niñas y adolescentes de que se resguarde su intimidad.
-Explicarle que lo que nos cuenta sólo se lo contaremos a algunas personas puntuales que puedan ayudarla/o.
-Luego de escuchar a la niña o niño, es imprescindible realizar un registro escrito de lo escuchado, respetando su intimidad.

 

Algunas herramientas para el abordaje

-CAPACITACIÓN a servicios locales sobre Abuso Sexual y garantía del acceso a la Justicia en casos de vulneración de derechos de niñas, niños y jóvenes (a cargo de Celeste Minniti. Fiscal de Delitos Sexuales de Santa Fe. Luciana Vallarella. Fiscal de la Oficina de Violencia de Género del MPA de Rosario y equipos del área de atención integral de la Defensoría).

-GUÍA. Abuso Sexual contra niñas, niños y adolescentes. Guía para tomar acciones y proteger sus derechos (UNICEF Argentina)

-GUÍA. Orientaciones para la intervención educativa en situaciones complejas relacionadas con la vida escolar.

 

 

 

19 de noviembre: Día de Prevención del Abuso Sexual

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